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Más allá de lo no convencional: el verdadero desafío energético

El ingeniero civil mecánico Patricio Campos nos plantea una opinión, informada y con experiencia, respecto de la ley que perfecciona los sistemas medianos de energía.

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Más allá de lo no convencional: el verdadero desafío energético
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Por Patricio Campos *

 

El 13 de diciembre de 2025 se aprobó en la Comisión de Minería y Energía del Senado, el proyecto de ley que perfecciona los Sistemas Medianos (SSMM) en la Ley General de Servicios Eléctricos, en lo que corresponde a su segundo trámite constitucional. Con ello, solo resta su evaluación en la Comisión de Hacienda para su posterior votación en la Sala del Senado y su eventual promulgación.

 

Se trata de una buena noticia para la región, ya que esta iniciativa podría contribuir a resolver brechas estructurales en la planificación y tarificación eléctrica de estos sistemas. En particular, permitiría aliviar las tarifas mediante la incorporación de los SSMM a mecanismos de estabilización de precios que hoy solo aplican al Sistema Eléctrico Nacional (SEN), el cual se extiende desde Arica hasta Quellón. Al mismo tiempo, el proyecto busca incentivar la incorporación de tecnologías de energías renovables no convencionales en la matriz eléctrica regional.

 

Sin embargo, cada vez que escucho la expresión “Energías Renovables No Convencionales”, no puedo evitar pensar en lo bastante convencionales que resultan a estas alturas. Hoy es habitual hablar de paneles solares para abastecer viviendas, impulsados por el legítimo interés de reducir los costos del suministro eléctrico. Incluso, comienza a ser cada vez más común considerar pequeñas turbinas eólicas o sistemas hidroeléctricos de baja potencia para el autoconsumo.

 

No obstante, es verdad que sí existe una arista menos convencional que aún no ha logrado desarrollarse por completo: la generación eléctrica comunitaria. Nuestro marco legal contempla actualmente un mecanismo que permite generar energía de forma colaborativa, mediante la asociación de personas naturales y/o jurídicas que pueden ser propietarias de un mismo medio de generación de hasta 300 kW de potencia: la Ley 21.118 de Generación Distribuida (Netbilling).

 

Esta ley permite que comunidades puedan invertir conjuntamente en la construcción de un sistema de generación basado en fuentes renovables —como la solar, la eólica o la microhidráulica— y descontar en sus viviendas, comercios o pequeñas y medianas empresas los excedentes de energía que estas minicentrales inyecten a la red de distribución existente, siempre y cuando se encuentren conectadas a una red del mismo distribuidor (condición que aplica para los 4 SSMM de la región).

 

En una región cuya matriz eléctrica es por definición un sistema de Generación Distribuida, dada la complejidad geográfica del territorio y la baja densidad poblacional, y a la espera de que se concretan los cambios estructurales que se requieren para el desarrollo sostenible de la matriz eléctrica —condición habilitante para la descarbonización del sector y para abordar problemas de contaminación asociados al transporte y la calefacción, mediante la electromovilidad y la electrificación térmica, por ejemplo—, existe ya una alternativa viable y rentable para avanzar en esta dirección. Aprovechando las energías renovables convencionales de una manera menos convencional, mediante la generación colectiva, es posible dar pasos concretos hacia una mayor soberanía energética y contribuir así al desarrollo eléctrico regional de manera responsable y coherente con el futuro que imaginamos.

 

*Patricio Campos es ingeniero civil mecánico, especialista en energías renovables.

Etiquetas: #Política #Medio Ambiente
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